Artículo 7. Fuerza mayor
En caso de que, como consecuencia de un terremoto, tifón, incendio, enfermedad infecciosa, pandemia, órdenes emitidas por autoridades públicas, guerra, disturbios, huelga, suspensión de los servicios de transporte o alojamiento, u otras circunstancias de fuerza mayor ajenas al control de la Empresa, resulte imposible prestar los servicios contratados, la Empresa procurará modificar el itinerario o reprogramar las fechas del viaje.
Antes del inicio del viaje, el Cliente podrá resolver el contrato de viaje combinado organizado bajo pedido sin obligación de abonar honorarios de planificación ni gastos de cancelación.
Asimismo, la Empresa podrá resolver el contrato incluso después del inicio del viaje. En tal caso, reembolsará al Cliente la parte del precio correspondiente a los servicios turísticos aún no disfrutados, deduciendo los gastos de cancelación, penalizaciones y cualquier otro coste ya abonado o que deba abonarse a los proveedores correspondientes.
Cuando la Empresa resuelva el contrato de viaje, podrá, a solicitud del Cliente y por cuenta de este, realizar las gestiones necesarias para organizar su regreso al lugar de salida.
La Empresa no será responsable de los daños indirectos, lucro cesante u otros perjuicios derivados de las circunstancias anteriormente descritas.